Mayo 2017

El 2 de Marzo 2017 el gobierno actual aprobó el Reglamento de la ley 30453, Ley del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME), que promulgó el gobierno anterior el 9 de Junio de 2016. El Consejo Nacional de Residentado Médico (CONAREME) es el órgano directivo del sistema y consta de 40 miembros, 20 de las universidades y 20 de los institutos prestadores de salud.1

¿Cuál es la responsabilidad de este sistema? Nada menos que supervisar y controlar los estudios de post grado de 6,005 jóvenes médicos graduados de 23 universidades y que aspiran a lograr 44 especialidades y sub-especialidades médicas, según las cifras de admisión solo para el año 2016. Naturalmente, hay que agregar los miles que ya se encuentran realizando esos estudios y que han ingresado en años anteriores.2

¿Suena esto disparatado? Esperen. Ningún postulante puede estudiar su post grado o acceder a un puesto del Estado, si antes no ha “servido” durante un año en un obsoleto y a veces peligroso voluntariado en regiones pobres y apartadas del país para suplir la ausencia de una moderna atención al primer nivel de salud. Finalmente, el ingreso al post grado es solo mediante un examen nacional para cada especialidad o sub-especialidad, debido a la carencia y falta de tiempo para otro tipo de importantes evaluaciones.2

¿Y cuáles son las instituciones que funcionan con el SINAREME?: El Ministerio de Salud, las universidades con programas de segunda especialización (23 de las actuales 40), ASPEFAM (Asociación Peruana de Facultades de Medicina), las empresas u hospitales prestadoras de salud, CMP (Colegio Médico Peruano) y ANMRP (Asociación Nacional de Médicos Residentes del Perú).2 Y aquí está la clave del problema, de las seis instituciones nombradas solo una (las universidades) tienen una función meramente educativa, las demás son gremiales.

Pero, si nos atenemos a los inaceptables resultados de los últimos cinco exámenes nacionales de graduación (que administra ASPEFAM desde 2003) publicados por MINSA recientemente (nota promedio de 10.868 sobre 20 entre 2011 y 2015), la función educativa de nuestras Escuelas Médicas deja mucho que desear y nada nos permite suponer que la labor en el post grado sea diametralmente diferente.3

Por ello es que el autor viene proponiendo hace más de una década una Reforma del Ejercicio Profesional Médico que incluya un Directorio Nacional de Especialidades Médicas, en el que cada especialidad tendrá su Directorio y cada uno será su respectivo ente rector, lo cual asegurará, por fin, una atención de calidad a la población. Cada Directorio tendrá tres funciones: 1. Aprobar Programas de Entrenamiento. 2. Certificar a los graduados mediante exigente examen. 3. Recertificación de especialistas cada 8-10 años.4

El autor estudió Cirugía General y Cirugía Pediátrica en los Estados Unidos y practicó durante 22 años en ese país. Volvió al Perú tres veces y trabajó aquí por 21 años. El American Board of Medical Specialties funciona desde 1933, tiene 35 miembros y cuenta con la aprobación del Consejo de Educación Médica de la Asociación de Médicos Americanos (AMA/CME).5 Recordemos que este Consejo de la AMA fue el que en 1904 asumió la responsabilidad de reformar la educación médica y, cuatro años más tarde, solicitó a la Fundación Carnegie la evaluación crítica de las 155 escuelas médicas que funcionaban en Norteamérica y que culminó con el Informe Flexner de 1910.

En 1933 se crearon los Boards (Directorios) de Dermatología, Obstetricia/Ginecología, Oftalmología y Otolaringología. Siguieron Ortopedia, Pediatría, Psiquiatría/Neurología, Radiología y Urología (1935), Medicina Interna y Patología (1936), Cirugía (1937) Neurocirugía (1940), Anestesiología y Cirugía Plástica (1941), Medicina Física (1947), Cirugía Colorectal y Medicina Preventiva (1949), Medicina Familiar (1969), Alergia/ Inmunología, Medicina Nuclear y Cirugía Torácica (1971), Medicina de Emergencia (1979) y Medicina Genética (1991). Al presente, estos son los 24 Directorios en los Estados Unidos, a los que se han sumado 131 sub-especialidades con sus respectivos Directorios.5

El trabajo minucioso de cada uno de estos Directorios ha permitido el progreso de cada especialidad y una verdadera atención de calidad a la ciudadanía. Actualmente, la función primaria de cada Directorio es certificar los especialistas y mantener su desarrollo profesional a lo largo de sus carreras. Cada programa de entrenamiento es acreditado por una entidad especial desde 1981. El año pasado se acreditaron 800 programas con 150 especialidades e ingresaron 10,000 residentes.

Desde 1979 funciona plenamente el National Resident Matching Program o Programa Nacional de Asignación de Residentados, el cual permite la distribución anual de las plazas ofertadas en cada especialidad y sub-especialidad. No hay examen para ingresar. Es algo mucho mejor organizado, como veremos. Se caracteriza por las tres “R”: Registro, ranking (orden de mérito) y resultados. El registro incluye establecer la eligibilidad del candidato, la presentación de los créditos de la escuela médica, licenciatura, USMLE para los extranjeros, solicitud, preferencias (matching) y las entrevistas correspondientes; el registro vale 75 dólares y comienza el 15 de setiembre. El ranking incluye las listas y la verificación de los créditos. Los resultados se dan con el tiempo suficiente para iniciar las residencias Julio 1.6

Como vemos, la tarea educativa está a cargo de instituciones formativas. En los Estados Unidos, el Departamento de Salud y Servicios Sociales (Department of Health and Human Services), es un gabinete del gobierno con el objetivo de proteger la salud de toda la población y la prestación de servicios sociales esenciales.7 Su presupuesto para 2015 sumó 1.02 trillones de dólares, para atender importantes Departamentos, como Medicare y Medicaid, National Institutes of Health, Public Health Service, Food and Drug Administration, Center for Disease Control, etc. Mal podrían ocuparse del entrenamiento médico de post grado. En el Perú, MINSA debería tener otro tipo de preocupaciones.

El autor de esta nota ha tenido la fortuna de estudiar y trabajar con instituciones de primer nivel. De regreso al país tiene la obligación moral de ofrecer una propuesta de cambios en salud, esta vez relacionado con el entrenamiento de post grado. La calidad de la atención médica y los derechos del pueblo están primero.

Referencias

  1. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 30453. El Peruano. Normas legales. Jueves 2 de marzo 2017.
  2. www.conareme.org.pe Residentados médicos 2016.
  3. Educación Médica en el Perú. Informe Final de la Comisión Ministerial de Salud. RM 810, 2016.
  4. Uceda JE. Reforma del Sistema de Salud en el Perú. Rev Soc Peru Med Interna. 2015;28(2)34-38.
  5. .www.abms.org
  6. www.nrmp.org
  7. www.hhs.gov